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Mostrando entradas de mayo, 2025

EL TELÉFONO como instrumento de CAPTACIÓN DE CLIENTES

  El teléfono es, sin duda, una herramienta esencial de trabajo. Hoy día, los clientes están a un clic de distancia, buscando todo por internet. Pero, ojo, no basta con brillar en la red y tener una web profesional; la primera llamada con un cliente es el momento clave para dejar huella. Es esa oportunidad única de hacer que piensen: “¡Este es el abogado que quiero!”, aunque no seamos los más baratos del mercado. Y así, en cada llamada nos convertimos en nuestros mejores comerciales, en embajadores de nuestra identidad y sello, pues definimos la primera impresión que el cliente tendrá de nosotros.  Ya sabemos que esta profesión tiene altas exigencias, como ser buenos detectives, ratones de biblioteca, personas intuitivas, buena oratoria, empatía, y hasta técnicas de verbales de ventas de un servicio complicado donde existe alta competitividad. Eso exige dominar la llamada telefónica para captar al cliente. Pero el teléfono no es sencillo, al carecer del lenguaje co...

NO BAJES LA GUARDIA: Límites profesionales del Abogado en la relación con el Cliente

La relación con los clientes no siempre es un camino de rosas y lo sencillo se suele complicar, por ello, es esencial actuar prevenidos y establecer ciertos límites que marquen una buena dinámica de trabajo.  En este artículo voy a referir ciertas cautelas que, particularmente, nunca me salto en mi relación con los clientes:  Evita la gratuidad: Tu trabajo es un servicio especializado que requiere una formación específica y ciertos gastos. Ofrecer gratuidad desmerece y perjudica seriamente la profesión. Por tanto, desde la primera reunión deberías transmitir con firmeza el valor que aportas y cobrar tus honorarios con naturalidad. No tires por tierra tu trabajo ni rebajes tus expectativas económicas. Nuestros servicios son de medios, no puedes garantizar el éxito de un caso, pues el resultado dependerá de factores externos, como pruebas y decisiones judiciales, por ello, cobrar a éxito no suele ser una buena idea, y dejar de cobrar por haber perdido es subestimar tu trabajo. ...

EL TRATO DEL ABOGADO A SU CLIENTE: Claves para una relación profesional y humana

El ejercicio de la abogacía no solo implica un profundo conocimiento del derecho, sino también una habilidad esencial para construir una relación sólida y de confianza con el cliente. El trato que un abogado ofrece a su cliente es tan importante como su pericia técnica. A continuación, se mencionan varios aspectos clave en esta relación, desde la puntualidad hasta la empatía, pasando por la transparencia y la comunicación efectiva. Vamos a verlos: Puntualidad en las citas.- No es solo una cuestión de cortesía, sino una muestra de respeto hacia el cliente. Un profesional que se precie evitará que el cliente espere, demostrando que le dispensa un trato de preferencia y compromiso. Privacidad.- Una vez, una chica llegó a mi despacho acompañada por una amiga. Me comentó que, de haberme conocido previamente o si hubiera sospechado que alguien de su familia me conocía, habría pedido a su amiga que la suplantara durante la consulta. La confidencialidad es un pilar fundamental en la...

TU DESPACHO: Mantén una organización eficiente

  La gestión de tu despacho requiere habilidades organizativas, técnicas y legales para ofrecer un servicio profesional, eficiente y conforme a la normativa vigente. La gestión del calendario, el control y seguimiento de las notificaciones, de los expedientes, mantener informado al cliente y la facturación son el pan nuestro de un despacho exitoso y bien estructurado, por lo que debes convivir con estas realidades de forma natural y eficaz, implementando una organización rutinaria en tu día a día, como veremos a continuación:   1. La gestión del calendario Un abogado debe llevar un control estricto de los plazos procesales, las citas con clientes y otras obligaciones profesionales. La falta de organización puede tener consecuencias muy graves, como la preclusión de algún plazo por el que se pierda de posibilidad de efectuar alegaciones, aportar pruebas, etc., comprometiendo gravemente los derechos del cliente y la diligencia profesional. Es natural que puedas sufrir cierto est...

Mercedes Lara Morales, Abogada

Con más de dos décadas de experiencia como abogada colegiada en el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, he recorrido el camino que todo abogado emergente enfrenta en sus primeros pasos, superando retos y aprendiendo a cada paso del camino y de todos mis errores. Especializada en derecho de familia, mi formación incluye un Máster en Práctica Jurídica Procesal Civil, un Máster en Práctica Mercantil, y un Máster en Mediación Familiar (UEMC). Además, como socia de la Asociación Española de Abogados de Familia (AEAFA), mi compromiso con esta área del derecho es total. Hoy quiero compartir contigo consejos prácticos y reflexiones que me habrían sido de gran ayuda al inicio de mi carrera, para que puedas navegar con más confianza y éxito en tus primeros pasos como abogado.

LOS TESTIGOS en la LEC

  ¿QUIÉN PUEDE SER TESTIGO? Según el artículo 361 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), cualquier persona que haya presenciado o tenga conocimiento de los hechos relevantes de un caso puede ser testigo, siempre que tenga la capacidad de entender y relatar lo que sabe. Esto incluye a menores de edad, siempre que el juez considere que tienen suficiente madurez para declarar. Por ejemplo, un adolescente de 13 años que vio un accidente de coche podría testificar si el juez cree que puede expresarse con claridad y comprende la importancia de decir la verdad. Las personas con discapacidades físicas o mentales también pueden declarar si el juez estima que son capaces de hacerlo de forma fiable (art. 361.2 LEC). En estos casos, el tribunal puede adaptar el interrogatorio, por ejemplo, usando intérpretes o simplificando las preguntas. OBLIGACIÓN DE COMPARECER El testigo, tiene que presentarse en el juzgado en la fecha y hora indicadas, salvo que tenga una excusa válida, como una en...

LA HOJA DE ENCARGO: Un acuerdo esencial entre abogado y cliente

La hoja de encargo es mucho más que un simple documento: es el pilar que sustenta una relación profesional clara y sólida entre el abogado y su cliente. Olvídate del apretón de manos, antes de comenzar a actuar por cuenta de un cliente, suscribe una hoja de encargo que regule todas las obligaciones que asumirás, las de tu cliente y las prevenciones que debe tener en cuenta. ¿CUÁL ES SU CONTENIDO? Identificación de las Partes : Además de los datos personales, ofrece y recaba todos los datos de contacto que faciliten la localización del Cliente. Identifícate con tu número de colegiado y colegio al que perteneces. Objeto del Encargo : Describe de manera precisa el objeto del encargo, evitando vaguedades. Especifica si se trata de la redacción de un contrato, la negociación de un acuerdo extrajudicial, un divorcio, un desahucio, etc, evitando generalidades como decir simplemente “asunto civil”. Requisito de MASC : Es nece...

¿Cómo deben ser las RELACIONES CON NUESTROS CLIENTES? No cometas errores.

  El corazón del Artículo 12 de nuestro Código Deontológico es la confianza mutua entre tú y tu cliente. Desde el momento en que alguien entra a tu despacho, tu misión será ser transparente, diligente y profesional. Esto comienza con una hoja de encargo nítida y sencilla, que use un lenguaje adaptado al cliente, sin cláusulas extrañas, para que lea en ella un sentimiento clave: C O N F I A N Z A. Tus clientes no son expertos en leyes , así que tu trabajo es guiarlos con transparencia. Antes de empezar, habla con ellos sobre las posibilidades reales de su caso, los riesgos y las alternativas. La LO 1/2025 de 2 de enero obliga a intentar un acuerdo antes de interponer una demanda. Informa sobre los medios para solucionar los conflictos para que el cliente pueda tomar decisiones informadas. Haz que no se sienta solo, acompáñalo en el camino que emprende, trata de empatizar, asesora con realismo, sin promesas infundadas y explica cada paso del proceso sin omitir información. Durante...

DEONTOLOGÍA PROFESIONAL desde un punto de vista práctico y sencillo

  El ejercicio es complicado al principio, cuando uno no sabe muy bien cómo actuar y relacionarse con sus compañeros y Procuradores. A veces, alguna situación te podrá en un aprieto que pondrá en un aprieto tu desenvoltura. Pero no te preocupes, tienes a tu disposición un manual imprescindible:  El Código Deontológico de la Abogacía Española,  una guía ética y formal para que los abogados sepan actuar con profesionalidad, respeto y honestidad. Sus puntos clave son la independencia, el secreto profesional, la confianza con los clientes y la lealtad entre compañeros, como veremos a continuación:   Art. 2.-  INDEPENDENCIA: NO TE DEJES PRESIONAR El abogado debe ser independiente, y no ceder ante presiones de clientes, tribunales o terceros; la independencia permite a los abogados declinar encargos o instrucciones que no coincidan con su juicio profesional. Si un cliente insiste en exagerar los hechos para "ganar a toda costa", incluso en introducir...

Resumen de la Deontología de los Abogados: UNA GUÍA PRÁCTICA:

  El Estatuto General de la Abogacía Española (Real Decreto 135/2021) es una brújula para los abogados, especialmente para quienes dan sus primeros pasos en la profesión. Este documento no solo actualiza las normas que rigen la abogacía, sino que pone un énfasis especial en la deontología profesional, es decir, en los valores y principios éticos que deben guiar el día a día de un abogado. A continuación, te ofrezco un resumen práctico de lo que significa ser un abogado ético en nuestros días, según este marco normativo.   1. ADAPTARSE AL CAMBIO: LA ABOGACÍA EN UNA SOCIEDAD DIGITAL Y SOCIALMENTE COMPROMETIDA: Vivimos en un mundo que no para de transformarse, y la abogacía no se queda atrás. El Estatuto reconoce que las nuevas tecnologías y los cambios sociales (como la igualdad de género o la digitalización de la justicia) moldean la profesión. Pero no solo se trata de subirse al tren de la modernidad: los abogados tienen un compromiso con la acción social. Por ejemplo,...

Art. 1 LEC: EL PRINCIPIO DE LEGALIDAD

  Lo estudiaste en la carrera, pero ya no le prestas demasiada atención, Sin embargo, en la práctica procesal, es el primer artículo sobre el que debemos detenernos: El artículo 1 de la LEC. Porque el art. 1 es el alma del proceso, establece el principio de legalidad, ordenando que las partes y los tribunales actúen, dentro del proceso, con arreglo a lo dispuesto en la LEC para asegurar que el proceso sea predecible y uniforme, para proteger el estado de derecho, la igualdad entre las partes, el principio de contradicción y la seguridad jurídica. Y es imperativo: las normas procesales son de obligado cumplimiento.  Aunque las partes tengan cierta flexibilidad para decidir en aspectos como allanarse o desistir de la acción, las normas que rigen el procedimiento deben respetarse rigurosamente. El principio de legalidad se proyecta sobre el proceso civil en una doble vertiente:   1º Como garantía de un Proceso Justo: El juez es guardián de la legalidad, y actúa asegurando...